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IEPC avala lineamientos de paridad de género

La sesión se realizó este domingo, donde los consejeros del Instituto Electoral y Participación Ciudadana en Jalisco acordaron que los 10 municipios más poblados conformarán un primer bloque, donde deberán postularse cinco candidaturas de mujeres y cinco de hombres.
IEPC avala lineamientos de paridad de género

Los consejeros electorales de Jalisco aprobaron la resolución de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en donde avala lo lineamientos para garantizar la paridad de género para las candidaturas a presidentes municipales en las jurisdicciones más poblados del estado.

La sesión se realizó este domingo, donde los consejeros del Instituto Electoral y Participación Ciudadana en Jalisco acordaron que los 10 municipios más poblados conformarán un primer bloque, donde deberán postularse cinco candidaturas de mujeres y cinco de hombres.

los partidos deberán “ordenar los 10 municipios más poblados: Guadalajara, Zapopan, Tlaquepaque, Tlajomulco de Zúñiga, Tonalá, Puerto Vallarta, El Salto, Lagos de Moreno, Tepatitlán de Morelos, y Zapotlán el Grande, en un primer bloque atendiendo al factor de competitividad por cada partido y establecer que, en cuanto a este bloque, en total deben postularse cinco candidaturas de mujeres y cinco de hombres a las presidencias municipales”, detalló el IEPC a través de un comunicado. 

Los municipios que comprenden estas 10 jurisdicciones más poblados del estado están en la zona metropolitana de Guadalajara, mientras que para los 115 restantes cada partido enlistará los Ayuntamientos en los que registraron planillas en la elección inmediata anterior, ordenados conforme al porcentaje de votación obtenida de mayor a menor.

En sesión virtual, el instituto determinó que los partidos podrán repartir de manera libre sus candidatas y candidatos, pero atendiendo al principio antes descrito.  

En el resto de los municipios desaparece el factor poblacional y los bloques se asignarán de acuerdo a la competitividad de cada partido. Según el TEPJF, para este caso era inconstitucional tomar en cuenta el tamaño de la población, pues este no está establecido como factor válido dentro del Código Electoral, mientras que el de competitividad sí. 

Con los nuevos cambios, los partidos tendrán que enlistar a la totalidad de municipios en los que participaron en las elecciones del 2018 de mayor a menor de acuerdo con su competitividad. Después, las demarcaciones se dividirán en dos bloques: uno de competitividad alta y otro de baja.  

Luego, cada uno se dividirá en dos sub-bloques. Si uno de ellos resulta impar, la candidatura sobrante será para una mujer.  

Si hay municipios en los que los partidos no tuvieron representación en la pasada elección y sí la tendrán en 2021, podrán “decidir libremente la postulación de los géneros de acuerdo a su estrategia electoral”. 

En cuanto a los partidos de reciente creación, garantizarán la participación de cinco mujeres en los cinco municipios más poblados del estado y en el resto podrán elegir a criterio, pero considerando la paridad de género. Si hay un municipio “sobrante”, se asignará una mujer como candidata.  

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